Hace cuatro años, en el año 2008 se introduce la fracción V en el artículo 78 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) “para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, cada partido político deberá destinar anualmente el dos por cierto del financiamiento público ordinario”.
Desaparición de la Gran Comisión en el Congreso del Estado
ESPECULACIONES SOBRE COOFIA
"El cambio político en México, a través de sus instituciones y procesos electorales, 1810-2010"
LA PROSPECTIVA COMO PROYECTO POLÍTICO