INDIVIDUO Y PERSONA
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INDIVIDUO Y PERSONA

El término individuo etimológicamente proviene de indiviso: que no se puede dividir. Puede referirse a:

Una unidad independiente, frente a otras unidades.

 

INDIVIDUO

 

Una unidad elemental de un sistema mayor o más complejo.
Algunas veces significa ser, ente o entidad viva (animada), y también individuo humano o persona, aunque se trata de conceptos jurídicos distintos.
Frecuentemente designa cualquier cosa numéricamente singular.

A veces se confunde erróneamente el uso de un concepto como clase lógica o un Todo-lógico, distribuido o no-distribuido, como si fuera un conjunto de individuos existentes. Tal puede ocurrir cuando se utilizan lingüísticamente pronombres vagos como: algún o algunos, cualquiera o todo o todos (considerando tales pronombres como sustitución de uno, uno por uno o cualquiera de todos o algunos de los posibles elementos de la clase lógica como si fueran individuos reales y existentes). Se confunde de este modo la propiedad de una clase con la clase natural como si fuera aquella un conjunto enumerable. Una clase lógica significa toda la extensión lógica o el dominio de discurso de un concepto expresado como término o expresión lingüística que significa posibles individuos de cuya existencia no sabemos nada. La existencia se reconoce en un sistema de referencia de lenguaje objeto o primer nivel, como un conjunto de individuos existentes, como lógica de primer orden. Las propiedades lógicas sitúan su referencia en una lógica de segundo orden.

 

PERSONA

 

Para otros usos de este término, véase Persona (desambiguación).

Viene del latín: persōna y este probablemente del etrusco: phersu (máscara del actor, personaje).

En Psicología: Persona designa a un individuo concreto, abarcando tanto sus aspectos físicos como psíquicos para definir su carácter singular y único.

En Filosofía, en la rama de ética: Según Will Peterson "La cualidad de la sensibilidad es la facultad para percibir e interpretar el estado de ánimo, el carácter y la forma de actuar de las personas, así como la construcción de las circunstancias y los ambientes que en cada momento nos rodean, para interactuar en beneficio de los otros/nosotros." En Latín, la palabra "persona" hace referencia a un personaje o máscara.

En Derecho: Jurídicamente se define a la persona (tal como lo hace, por ejemplo, el artículo 30 del Código Civil Argentino) o sujeto de derecho como todo ente susceptible de adquirir derechos o contraer obligaciones. En el mismo sentido entienden generalmente al concepto la mayoría de los ordenamientos jurídicos actuales; no obstante, el contenido semántico de dicho concepto ha variado considerablemente en distintas épocas y sistemas jurídicos. Así por ejemplo, en la antigua Roma se requería los status de ser libre, ciudadano y pater familias para ser persona y no se consideraban tal a muchísimos seres. Del mismo modo que antes ocurría con los esclavos, hoy muchas legislaciones les niegan la categoría de persona a los fetos. Actualmente se las clasifica en personas de existencia visible o físicas y personas de existencia ideal o jurídica (como las sociedades, las corporaciones, las fundaciones, el Estado y otras). El momento en que una persona comienza a ser tal es materia de debate, especialmente en la discusión sobre el estatus jurídico del aborto inducido.

Créditos: www.wikipedia.com