29 de agosto de 2014

Es importante comentar que en relación al tema de “los tatuajes y los piercings”, hoy en día pareciera que han tenido mucha demanda su uso, es parte de la moda que han venido adoptando muchos adolescentes y jóvenes dentro de nuestra sociedad. Esto no debe de ser un motivo de discriminación, vivimos en un país en donde existe la libertad para ejercer nuestros derechos, y se deben de respetar las decisiones de cada una de las personas. Pero, considero fundamental destacar que sí afecta a los individuos que tienen tatuajes y piercing en el área laboral, y sobre todo dentro de la normatividad sanitaria.

El tatuaje es uno de los fenómenos más recientes que registra la sociedad. Existen algunas propuestas de la existencia de un registro de consentimiento informado, es decir, en donde el aplicador deberá explicar a quién será sometido a un tatuaje los riesgos que ocasiona esta práctica, porque dentro de este procedimiento se debe estar seguro porque será para toda la vida, y en caso de ser removido los procesos quirúrgicos le pueden ocasionar un daño psicológico por verse con una cicatriz o por ser discriminación por varios sectores de la sociedad. Es indispensable que existan condiciones sanitarias y de higiene, un lugar adecuado con una sala especial para que se realicen con un equipo esterilizado, agujas nuevas, guantes, tintas que no hayan sido utilizadas por otras personas.

piercingsAdemás, debe de tenerse en cuenta que la puesta de los tatuajes y piercing se ha considerado como una de las actividades que se llevan a cabo dentro de ciertos centros no sanitarios por lo que la esterilización y desinfección debe exigirse, para preservar la salud de los aplicadores y clientes. Por lo que, en caso de no ser así, existe el riesgo de la transmisión de enfermedades como la Hepatitis B, C y D; y el VIH ó SIDA.

Las personas que serán sometidas a un tatuaje o piercing deben de tener conciencia de los daños que le pudiera acarrear este tipo de práctica. Su regulación jurídica se encuentra contemplada en el artículo 73 fracción XVII de la Constitución, artículo 144 de la Ley de la Salud, mismo que establece las normas oficiales mexicanas para el control de las personas que se dediquen a trabajos o actividades, mediante los cuales se pueda propagar alguna de las enfermedades que contempla la Ley, entre ellas el sida.

Al hacerse un piercing o tatuaje es algo muy serio, debe de tomarse conciencia que al ser sometido a este procedimiento existen riesgos y consecuencias…. El tatuaje dura para toda la vida. Es algo irreversible, no hay marcha atrás.

Imagen: taringa.net

angela medina barradasÁngela Medina Barradas ( aEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) es abogada egresada de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (UPAEP) y egresada de la maestría en Derecho Penal de la Escuela Libre de Derecho Puebla.